Denuncia del Tribunal Internacional sobre Libertad Sindical, caso SME
TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LIBERTAD SINDICAL
LIC. FELIPE CALDERÓN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA
PRESENTE
Los integrantes del Tribunal Internacional de Libertad Sindical, quienes sesionamos en público los días 26 y 27 de octubre de 2009 en la ciudad de México, escuchando y recibiendo documentación de quejas por incumplimientos o violaciones a la libertad sindical en México, nos dirigimos a usted y, por su conducto, al Lic. Javier Lozano, Secretario de Trabajo y Previsión Social, y a las demás autoridades del trabajo de México, para manifestarles que, aun cuando no hemos concluido el estudio de cada caso que conocimos, en el referente al de los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), por la relevancia que tiene, hemos analizado varios aspectos graves, y decidido comunicarles las siguientes consideraciones:
Encontramos que el Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2009 contiene irregularidades que vulneran la Constitución Mexicana, al privar del trabajo a 44 mil electricistas de facto y sin fundamento legal (artículo 5: “Nadie podrá ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”); al impedir de un debido proceso previo a los trabajadores (artículos 14 y 16), de una garantía fundamental; al ser ejecutado el Decreto, aun antes de ser publicado, mediante el asalto a los centros de trabajo por el Ejército y la Policía Federal, sin autorización legal (arts. 14, 16 y 17); al "extinguir" una empresa pública sin facultades para ello (arts. 72 apartado F y 73, frac. X), como lo es una empresa eléctrica estratégica protegida por la Constitución (arts. 25, 27 y 28); al invadir una esfera de competencia del Congreso de la Unión, como es reformar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en su artículo 4 transitorio que creó la empresa y el modificar sin permiso de éste el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Energía (art. 26); al violentar los derechos y principios de estabilidad en el empleo y de libertad sindical (arts. 9 y 123); al atentar en contra de los derechos humanos de integridad y dignidad humana de todo trabajador y el "derecho humano al proyecto de vida", quebrantados al despojarlos intempestivamente de su empleo, sin que haya desaparecido la fuente de trabajo.
Consecuentemente, incumple el artículo 128 Constitucional, que establece la obligación del Ejecutivo Federal de respetar y cumplir, hacer respetar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen.
Así también se transgreden los derechos internacionales con plena vigencia nacional relativos al empleo de rango humano fundamental, lo mismo que los del debido proceso y de protección de la justicia y de protección y respeto de las libertades sindicales consagradas en la Declaración Universal de Derechos Humanos, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otras leyes de la ONU y OEA.
Señalamos como violaciones las contenidas en el Decreto citado y en las acciones de facto del gobierno federal, como haber procedido el 10 de octubre de 2009 a despedir a los trabajadores primero y después solicitar "para su aprobación, el aviso de terminación de la relación colectiva de trabajo" ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el día 13 de octubre del presente año. Lo mismo sucede con las liquidaciones individuales, que en documentos se llama "indemnización voluntaria" y ofrece un bono adicional a los que lo acepten pronto, como presión y chantaje, que aprovecha la situación difícil en que colocó a los trabajadores el arbitrario despido. Todos ellos son hechos que constituyen fama pública que, a la vez, acreditan las irregularidades señaladas al principio de este ocurso.
Adicionalmente, a fines de noviembre y los primeros días de diciembre se abre una segunda etapa de “liquidaciones” de trabajadores despedidos en el mismo tenor y una segunda campaña de desprestigio en los medios de comunicación contra los electricistas, suscrita por el Gobierno Federal, a la vez que se niega de nuevo la posibilidad de una verdadera conciliación o diálogo para encontrar la solución del conflicto. El día 1 de diciembre el Secretario de Gobernación invitó a un diálogo a la directiva del SME bajo la condición de no tocar el Decreto, lo que resulta una grave irregularidad, ya que el Decreto fundamenta las dos acciones: el despido de los 44 mil electricistas y el cierre de la empresa pública.
Por lo anteriormente señalado, consideramos que se quebranta el Estado de Derecho Social en México y se pone en riesgo la estabilidad nacional, especialmente por la crisis que vive México; también se niega la verdad pública en torno al despido de 44 mil trabajadores y la extinción de la empresa del Estado Luz y Fuerza del Centro, de una nación y sociedad que merecen el mayor respeto, creadores de la primera Constitución Social del mundo y del célebre artículo 123 Constitucional.
Consecuentemente, por lo anterior y en apego a la Constitución Política Mexicana y al Derecho Internacional con plena vigencia en México, pedimos respetuosamente lo siguiente:
1. La reinstalación inmediata de los 44 mil electricistas despedidos, cubriendo a todos los salarios y prestaciones vencidos por el arbitrario despido.
2. Retirar a las fuerzas armadas que aun se mantienen en las instalaciones de Luz y Fuerza del Centro, misma que sigue funcionando parcialmente a través de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), empresa del Estado y administrada por el gobierno federal.
3. Reabrir la empresa pública LFC, con la personalidad legal y patrimonios propios, protegidos por la Constitución y las leyes, reconociendo los derechos colectivos e individuales de los miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
4. Abrir el diálogo social o conciliación, sin condiciones, entre las partes afectadas, como medio idóneo de la solución pronta y justa del conflicto.
5. Restablecer el Estado de Derecho Social quebrantado con el referido Decreto y los hechos señalados, así como restablecer la verdad en la sociedad, toda vez que ella es también un derecho fundamental de la nación y de los trabajadores.
México, D.F., a 2 de diciembre de 2009.
Atentamente, por el Tribunal Internacional de Libertad Sindical:
Rosario Ibarra de Piedra (México), James D. Cockroft (Estados Unidos), Miguel Ángel Granados Chapa (México), Marta Olmo (España), Lidia Guevara Ramírez (Cuba), Alfredo Sánchez Alvarado (México), Kjeld Jakobsen (Brasil), Luis Guillermo Pérez (Bélgica-Colombia), Luiz Salvador (Brasil), Hugo Barreto (Uruguay), Rubén Darío González (Venezuela), Miguel Concha Malo (México), Ana Colchero (México), Oscar Alzaga Sánchez (México), Enrique Larios (México) y Eduardo Miranda Esquivel (México).
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