Queja masiva a la CNDH por el despido de Carmen Aristegui
QUEJA MASIVA
RAÚL PLASCENCIA VILLANUEVA
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS
QUIENES SUSCRIBIMOS LA PRESENTE QUEJA, señalamos como domicilio para oír y recibir todo tipo de comunicaciones el ubicado en la calle Gómez Farías, número ciento dos, despacho uno, colonia del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, Distrito Federal, Código Postal 04100, y autorizamos para los mismos efectos al también quejoso SERGIO ANTONIO MÉNDEZ SILVA, a quien designamos como nuestro abogado en el presente procedimiento, ante usted con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que con fundamento en los artículos XVII, XXII, XXIV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre ; los artículos 1 y 3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ; los artículos 1, 20.1, de la Declaración Universal de Derechos Humanos ; los artículos 2, 3, 16 y 22.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ; los artículos 1, 8, 17 y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 25 a 49 y demás relativos y aplicables de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; los artículos 1 a 16 y 75 a 139 y de más relativos y aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, venimos a interponer formal QUEJA por diversos actos que conculcan los derechos fundamentales de los/as suscritos/as, cuya perpetración son atribuibles a diversas autoridades administrativas federales.
A efecto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 80 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, manifestamos los datos siguientes:
I. Los nombres y domicilios de los agraviados y de las personas que presentan la queja. Todos/as los/as que suscriben la presente queja, cuyos nombres están al final del documento.
II. Los hechos presuntamente constitutivos de violación a los derechos humanos. Se precisarán más adelante.
III. Los servidores públicos o autoridades a quienes se imputen los hechos.
• EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
• EL SECRETARIO DE GOBERNACIÓN.
• EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
• LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES.
IV. Las pruebas en las que sustenta su dicho la parte quejosa. Se precisan más adelante.
HECHOS
1. El tres de febrero de dos mil once, un grupo de diputados federales, entre los que se encontraban Gerardo Fernández Noroña, Mario Di Constanzo y Jaime Cárdenas Gracia, realizaron una protesta pacífica en la Cámara de Diputados. Dicha protesta consistió en exhibir una manta con la foto del señor Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, con una leyenda que decía: “Tú dejarías conducir a un borracho tu auto? No, verdad? Y por qué lo dejas conducir el país?”.
Además de denunciar el supuesto alcoholismo de Felipe Calderón, la protesta fue motivada también por la reciente aprobación de un reglamento de sesiones de la Cámara de Diputados, por medio del cual se pretende impedir, mediante sanciones, las manifestaciones de los diputados que generen alguna afectación al orden de las deliberaciones de la asamblea.
2. La protesta pacífica de los diputados federales, que fue reprimida por el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Jorge Ramírez Marín, al grado que ordenó suspender ilícitamente la sesión de la Cámara de Diputados, constituyó un hecho público y notorio del que dieron cuenta los medios de comunicación del país, la mayoría al siguiente día, el cuatro de febrero de dos mil once. Uno de los medios de comunicación que dio cuenta de la protesta fue MVS Noticias, cuyo noticiero matutino era encabezado por la periodista Carmen Aristegui.
3. El cuatro de febrero del presente año, la periodista Carmen Aristegui dijo públicamente, en su espacio noticioso en MVS Noticias, lo siguiente:
“Estamos también revisando lo ocurrido ayer en el Congreso. A ver… Por dónde le entramos al asunto? La sesión de la Cámara de Diputados fue suspendida, momentos después de haber iniciado, después de que legisladores del PT se manifestaron al pie de la tribuna en contra del gobierno de Felipe Calderón. Pero no fue una manta cualquiera; no fue una crítica cualquiera; no fue un señalamiento propio, digamos, del debate legislativo y de las discusiones de los temas del interés del país y de las leyes y las reformas, etc. Fue un señalamiento, específico, duro, sobre algo, que de ser cierto, tendría que ser analizado de otra manera. Nos habla del asunto, Omar Aguilar. En esta parte el reportero expone la información sobre la protesta pacífica y refiere el contenido de la manta en la que se criticaba el alcoholismo del señor Felipe Calderón.”
Después de la nota del reportero, Aristegui dijo:
“Este día de ayer en San Lázaro fue muy duro, como se puede apreciar, mientras que se reprochaba a los petistas por esta manto donde se leía la frase: “Tú dejarías conducir a un borracho tu auto? No, verdad? Y por qué lo dejas conducir el país?” Mientras que se reprochaba a los petistas por una manta con estas características, pues por otro lado también, en otro lugar de San Lázaro, pues los panistas Manuel Clouthier y Julio Castellanos estaban en este jaloneo y en este intercambio de empujones (…) fue Clouthier quien empujó a Castellanos, ahora se sabe que porque no le estaba dando la palabra que el pedía en una reunión interna de los panistas (…) Pero regresemos al punto de la manta. Es durísimo lo que ahí se plantea (…) pero dejémoslo ahí; dejemos el tema que fue el zafarrancho o la situación crispada en San Lázaro y pongámosle atención al asunto y dejemos la pregunta abierta: no es la primera vez que se habla de este tema de unPRESUNTO alcoholismo de Felipe Calderón. Si usted es usuario de las redes sociales, por ejemplo, en ese circuito de comunicación de la sociedad mexicana es frecuente ver expresiones que aluden a esa circunstancia, QUE NO PODEMOS CORROBORAR, NO HAY INFORMACIÓN ESPECÍFICA, POR LO MENOS QUE NOSOTROS DISPONGAMOS DE ELLA, para saber si efectivamente el Presidente de la República tiene o no problemas de alcoholismo. Pero es un tema delicado. Por supuesto que hay que verlo con la gravedad del asunto: saber si hay o no ese problema, si hay o no esa problemática, en la persona de Felipe Calderón Hinojosa. En las democracias del mundo, suele verse de vez en vez, que se piden estudios médicos para saber cuál es la condición de los gobernantes, qué tipo de salud tienen, pues porque al final de cuentas están en una posición de altísima responsabilidad y las sociedades, hablemos en genérico, las sociedades requieren necesariamente saber cuál es la condición, precisamente, de quien está tomando decisiones a nombre del interés general. Por eso, lo que ayer pasó, por lo que en el clima de la redes sociales se puede percibir, con razón o sin ella, sí merecería una atención seria, una atención particular sobre esta interrogante: TIENE O NO PROBLEMAS DE ALCOHOLISMO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Debería, realmente, la propia Presidencia de la República dar una respuesta clara y nítida formal, al respecto. No hay nada de ofensivo, me parece, cuando alguien, SI ES QUE FUERA EL CASO, atraviesa por un problema de esta naturaleza. El alcoholismo que es un fenómeno de salud, muy estudiado y muy conocido tiene diferentes explicaciones cuando sucede en las personas, requiere tratamiento, en fin, es una situación que no debe ser vista con caricatura. Si es el caso, si efectivamente hay elementos firmes que hagan presumir, efectivamente, un problema de alcoholismo en Felipe Calderón, tendría que ser tratado con la seriedad del caso, y me parece que frente a lo que pasó ayer, la respuesta más fácil es denostar el asunto y criticarlo y decir que no es la manera en que los legisladores deben comportarse (…).”
4. El día seis de febrero, en las redes sociales, principalmente en Twitter, empezó a rumorarse que la periodista Carmen Aristegui había sido despedida de Noticias MVS. Esta información sería corroborada, el mismo día, por el dueño de MVS, Alejandro Vargas, por medio de su cuenta de Twitter.
5. Quienes integramos la audiencia del programa noticiosos de Carmen Aristegui, nos esteraríamos, horas después, que la periodista había sido despedida porque se había negado a expresar públicamente una disculpa al señor Calderón, por lo que ella había dicho sobre el presunto problema de alcoholismo de éste.
Supimos, por información que la propia empresa MVS hizo pública el siete de febrero de dos mil once, que la periodista había sido despedida porque supuestamente había violado el código de ética de la empresa de comunicación; código que ninguno de nosotros/as, que formamos parte de la audiencia del programa de Carmen Aristegui, conocemos, pues jamás se hizo público.
6. Se ha difundido en las redes sociales, que Carmen Aristegui fue despedida de Noticias MVS, por la presión ilícita e ilegítima que el señor Calderón ejerció en contra de la empresa de comunicación, con motivo de la furia que al presidente le causaron los comentarios de la periodista.
Se ha dicho, en las redes sociales, que el señor Calderón y el señor Alejandro Vargas, dueño de la empresa MVS, acordaron despedir a Carmen Aristegui a cambio de que la empresa no enfrente problemas con el gobierno, respecto del futuro refrendo de las concesiones de radio y televisión de las cuales es titular la citada empresa privada de comunicación.
Estos hechos, por tratarse de la materia de radio y televisión, involucran también al Secretario de Gobernación, al Secretario de Comunicaciones y Transportes y a los integrantes de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
7. Quienes suscribimos la presente queja, todos/as integrantes de la audiencia de la señora Carmen Aristegui, consideramos extraordinariamente preocupante y agraviante que la periodista haya sido despedida por los comentarios objetivos, críticos e imparciales que realizó respecto del hecho noticioso del presunto alcoholismo del señor Calderón.
Consideramos que la periodista Carmen Aristegui ha sido víctima de la censura gubernamental y privada, con lo que se ha violado no sólo el derecho a expresarse de la propia periodista (dimensión individual de la libertad de expresión), sino también nuestro derecho a la información (dimensión social de la libertad de expresión), pues, como lo hemos dicho, somos miembros de la audiencia del programa noticioso de la señora Aristegui.
Tenemos derecho a recibir información de la persona de nuestra elección, que en este caso es la periodista Aristegui, por lo que este acto de censura proveniente del señor Felipe Calderón, es también un ataque a nuestro derecho a la información y a vivir en una sociedad democrática en la que se respeten los derechos humanos.
8. Asimismo, consideramos que el señor Calderón, por ser el Presidente de la República, debe ser especialmente tolerante con las críticas que se le formulen en los medios de comunicación y en las redes sociales.
El umbral de protección del patrimonio moral del señor Calderón, que incluye su derecho a la vida privada, es menor al que tiene cualquier ciudadano, por ser un funcionario de alto nivel del Estado mexicano.
Es por ello que sugerir, y no afirmar, como lo hizo Carmen Aristegui en su programa, que el señor Calderón padece un problema de alcoholismo, es un asunto de pleno y total interés público, pues un posible problema de salud del Presidente, sin duda puede repercutir en el destino de nuestro país, lo que es de absoluto interés para todos/as nosotros/as, ciudadanos libres y conscientes de México. Tenemos derecho a saber sobre la salud de quien dirige la administración pública federal.
9. Por todo lo anteriormente expuesto, quienes suscribimos, todos/as integrantes de la audiencia del programa noticioso de Carmen Aristegui, consideramos que el acto de censura del que ha sido víctima la periodista, constituye una afectación directa a nuestro derecho a la información sin discriminación, así como a nuestra prerrogativa a vivir en una sociedad democrática en la que se protejan ampliamente los derechos fundamentales de todos/as, por lo que se han violado en nuestro perjuicio, y en perjuicio de la propia periodista Aristegui, los artículos 1, 3 (por lo que se refiere a la democracia como forma de vida), 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
10. Asimismo, le solicitamos, como efecto inmediato de la presentación de esta queja, que dé inicio a un procedimiento de investigación por los hechos que denunciamos en este escrito.
Manifestamos que durante la secuela del procedimiento aportaremos un desarrollo más amplio y detallado de las violaciones de las que somos víctimas, así como un amplio número de pruebas para demostrar lo que decimos y denunciamos.
PRUEBAS
1. VIDEO. Mediante el cual se da cuenta de la protesta realizada en el recinto de la Cámara de Diputados, el tres de febrero de dos mil once, por parte de los legisladores del Partido del Trabajo, Gerardo Fernández Noroña, Mario di Constanzo y Jaime Cárdenas. En este video se aprecia la manta que se empleó en la protesta pacífica y que hace referencia del presunto alcoholismo del señor Calderón.
Este video está disponible en: http://www.youtube.com/watch?v=oSLP9BKRoHE&feature=related
2. VIDEO. Mediante el cual se da cuenta de la información expuesta por la periodista Carmen Aristegui, el día cuatro de febrero del presente año, en la que hace referencia a la protesta legislativa pacífica llevada a cabo en la Cámara de Diputados un día anterior y se refiere al presunto problema de alcoholismo del señor Felipe Calderón.
Este video está disponible en: http://www.youtube.com/watch?v=M4mi7c4WpM0
Por lo expuesto y fundado, a usted Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, respetuosamente pedimos:
PRIMERO. Tenernos por presentada en sus términos la presente queja y darle trámite.
SEGUNDO. Realizar una investigación exhaustiva sobre los hechos denunciados, con la finalidad de precisar a todas las autoridades responsables de violar los derechos humanos de los suscritos y de la periodista Carmen Aristegui, así como para determinar qué otros derechos humanos se han violado en nuestro perjuicio y en perjuicio de la señora Aristegui, además de los ya expuestos en la presente queja, ya sea que estén contemplados en la legislación interna o bien en los diversos tratados internacionales suscritos por los Estados Unidos Mexicanos.
TERCERO. Solicitar los informes respectivos a las autoridades señaladas como responsables.
CUARTO. Tenernos por señalado domicilio para oír y recibir notificaciones.
QUINTO. En su oportunidad y previos los trámites de ley, resolver emitir una recomendación a las autoridades responsables, en el sentido de hacer cesar sus conductas violatorias de los derechos humanos de los suscritos y de la periodista Carmen Aristegui y garantizar a nuestro favor el respeto pleno a nuestros derechos fundamentales. Asimismo, que la comisión a su cargo presente las denuncias correspondientes ante la Procuraduría General de la República y ante la Secretaría de la Función Pública, en aquellos casos en que la conducta prevaricadora de los servidores públicos denunciados, tipifiquen delitos o bien constituyan faltas administrativas, sancionadas por la ley correspondiente.
SEXTO. Admitir, desahogar y valorar las pruebas aportadas con la presente queja, así como permitir la aportación de más pruebas a favor de los suscritos y de la periodista Carmen Aristegui.
A T E N T A M E N T E
México, Distrito Federal, al día de su presentación.
FIRMAS DE TODOS/AS LOS/AS AGRAVIADOS/AS
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