Comunicado de prensa OACNUD
En el marco del Acuerdo suscrito el 6 de febrero de 2008 entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) y los Estados Unidos Mexicanos sobre la continuidad de sus actividades en México, esta Oficina ha realizado una misión de observación al estado de Guanajuato.
Durante esta visita, la ONU-DH tuvo la oportunidad de entrevistarse con el señor Gobernador, el Procurador de Justicia del Estado, el Secretario de Salud, así como con el Procurador de los Derechos Humanos y organizaciones de la sociedad civil. Asimismo, se reunió con seis mujeres privadas de su libertad y sentenciadas por el delito de homicidio en razón de parentesco, actualmente recluidas en los Centros de Readaptación Social de “Puentecillas” y “Valle de Santiago”.
La ONU-DH realizó esta misión con el objetivo de dar seguimiento a la situación de los derechos de las mujeres en el estado de Guanajuato y allegarse de información directa sobre este tema; en particular, sobre las garantías del derecho a la no discriminación, a una vida libre de violencia, y a los derechos sexuales y reproductivos.
La Oficina agradece a las autoridades locales la cooperación brindada y la facilitación de información relevante sobre los mencionados temas. Igualmente agradece la disponibilidad de quienes compartieron sus testimonios.
En particular, la misión de la ONU-DH prestó atención al análisis de aspectos relevantes tanto de la legislación como de las políticas públicas en la materia, enfatizando su implementación, efectos y resultados.
Con base en la información recabada, la Oficina reconoce la existencia de un marco constitucional que garantiza el derecho a la igualdad ante la ley, a la no discriminación y a la justicia, así como la existencia de instituciones del Estado con mandato para impulsar iniciativas enfocadas en los derechos de las mujeres.
No obstante, según datos oficiales el Estado de Guanajuato muestra preocupantes niveles de violencia contra las mujeres, incluyendo violencia sexual. La Oficina ha sido informada de investigaciones iniciadas por la Procuraduría de Justicia local, sin embargo hasta el momento desconoce el número de sentencias condenatorias y de reparación que den una respuesta efectiva a las víctimas. Tal como lo reconocen también las autoridades existen muchos otros casos de mujeres que no denuncian haber sido víctimas de violencia sexual por temor o desconfianza en las instituciones.
La Oficina destaca el reto de las instituciones del Estado y de servidoras y servidores públicos para atender adecuadamente estos casos y confía en que la identificación, procesamiento y sanción a los responsables contribuirá al combate de la impunidad.
Al mismo tiempo, aunque la legislación penal autoriza el aborto en determinadas circunstancias, siendo una de ellas la violación sexual, la Oficina ha sido informada que a la fecha no se tiene registro de ningún caso de aplicación efectiva de esta norma.
A diferencia de otros estados y de la legislación federal, la Ley para prevenir, atender y erradicar la violencia en el Estado de Guanajuato no visibiliza ni atiende las particularidades de la situación de las mujeres que sufren violencia.
La Oficina pudo observar la persistencia de patrones culturales que motivan la discriminación contra las mujeres, al mismo tiempo que limitan el pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. Las prácticas, actitudes y estereotipos que muchas veces prevalecen tanto al interior de la familia, la comunidad y determinadas autoridades son, sin duda alguna, formas de discriminación y violencia en contra de las mujeres.
Con el ánimo de contribuir a la generación de condiciones que fortalezcan el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres en la entidad, la Oficina se permite formular las siguientes recomendaciones a las autoridades locales:
1.- Asegurar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres de manera compatible con los principios internacionales de derechos humanos en la adopción e implementación de la legislación penal.
2.-Revisar la figura penal del “homicidio en razón de parentesco” con el fin de que no se aplique a casos de distinta naturaleza y se garantice la proporcionalidad de las penas.
3.- Esta Oficina confía en que el sistema de justicia implementará mecanismos para garantizar un trato no discriminatorio y prejuicioso en contra de las mujeres, con el fin de evitar acusaciones inadecuadas por los delitos de aborto u homicidio en razón de parentesco. En este sentido, es pertinente realizar una reflexión sobre los procesos legales emprendidos en contra de María Araceli Camargo Juárez, Ofelia Segura Frías, Yolanda Martínez Montoya, Liliana Morales Moreno, Ana Rosa Padrón Alarcón y Susana Dueñas Rocha a fin de que se asegure que tanto los procedimientos, como los principios fundamentales del derecho a la defensa hayan sido apegados a los estándares internacionales del debido proceso, particularmente el relacionado con el principio de presunción de inocencia.
4.- En el marco de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y las recomendaciones emitidas a México por el Comité de Derechos Humanos1, revisar la Ley para prevenir, atender y erradicar la violencia en el Estado de Guanajuato de tal manera que se garantice la visibilidad de esta importante problemática, y la atención especializada a mujeres víctimas de violencia; independientemente de la atención diferenciada a otros grupos en situación de exclusión, vulnerabilidad o discriminación.
5.- Garantizar el efectivo combate a la impunidad de los casos de discriminación y violencia contra las mujeres mediante la creación de un sistema de indicadores que permita medir de manera transparente la eficacia de los operadores de justicia en la identificación y sanción a los responsables.
6.- Elaborar e implementar una política pública que garantice el derecho a la no discriminación, a una vida libre de violencia y a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, así como promover una política de Estado con perspectiva de derechos humanos y de género. De la misma manera, elaborar indicadores que permitan la obtención de datos e información desagregada para dimensionar las problemáticas que enfrentan particularmente las mujeres y así atenderlas de forma adecuada.
7.- Promover una cultura de derechos humanos, con especial énfasis en la eliminación de estereotipos culturales contra las mujeres, particularmente en el ámbito de la educación formal y en los medios de comunicación.
8.- Garantizar el respeto al legítimo derecho a defender los derechos humanos, en particular de defensoras y defensores que individual y colectivamente visibilizan situaciones de preocupación en materia de derechos humanos. En este sentido, la Oficina recuerda que las defensoras y los defensores de derechos humanos, incluyendo a las promotoras de derechos sexuales y reproductivos, son protagonistas fundamentales para el fortalecimiento de la Democracia y el Estado de Derecho.
9.- La Oficina invita a la Procuraduría de Derechos Humanos a dar especial seguimiento a la implementación y al impacto de las políticas públicas enfocadas a garantizar los derechos de las mujeres en el estado de Guanajuato, así como a la evolución de la situación que viven las mujeres en la entidad.
La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos reitera su compromiso y disposición para cooperar en el marco de su mandato en el seguimiento a la implementación de estas recomendaciones.
1 Comité de Derechos Humanos, 22 de marzo de 2010, CCPR/C/MEX/CO/5, párr. 8(a)
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
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