Difusión Cencos México D.F., 19 de agosto de 2011
Carta a Felipe de Jesús Zamora Castro Tlachinollan / OPIM
Carta a Felipe Zamora solicitando la reanudación de las mesas de trabajo en los casos de Inés y Valentina para la implementación de las sentencias de la CoIDH en materia de Justicia
Lic. Felipe de Jesús Zamora Castro. Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos..
Secretaría de Gobernación.
P r e s e n t e.-
Subsecretario Zamora:
El 12 de agosto, la Procuraduría de Justicia Militar notificó a la señora Fernández Ortega y a la señora Rosendo Cantú que las averiguaciones relacionadas con la violación sexual y tortura cometidas en su contra por miembros del Ejército Mexicano en el año 2002, han sido remitidas en razón de incompetencia a la Subprocuraduría de Control Regional de Procesos y Amparo de la Procuraduría General de la República.
En virtud de lo anterior y a petición de ellas, solicitamos que a través de su conducto se convoque a la brevedad a la re-instalación de la mesa de trabajo relativa al eje de Justicia, la cual se ha mantenido suspendida por parte de la Subsecretaría que Usted encabeza desde el 19 de mayo del año en curso. No omitimos señalar, que la responsabilidad que tiene la Subsecretaría que Usted encabeza de coordinar la implementación de los resolutivos está sustentada en el Acuerdo para el Cumplimiento de las Sentencias dictadas por la Corte Interamericana, el cual fue suscrito por Usted el pasado 15 de marzo en presencia de las señoras Fernández Ortega y Rosendo Cantú.
Adelantamos que de conformidad con las sentencias emitidas por la Corte y el Acuerdo referido, la mesa de trabajo relativa al eje de Justicia deberá partir de la obligación del Estado Mexicano de conducir eficazmente la investigación penal de los hechos de ambos casos para determinar las correspondientes responsabilidades penales y aplicar efectivamente las sanciones y consecuencias que la ley prevea, la cual debe ser cumplida en un plazo razonable. Esto al tenor de las directrices que con precisión estableció la Corte en sus sentencias a saber: que la investigación sea conducida en el fuero civil; que no revictimice a las señoras Rosendo Cantú y Fernández Ortega; que incorpore una perspectiva sensible a la identidad de género y étnica de ambas mujeres; que permita la plena participación de las víctimas; y que no exponga a las denunciantes a nuevos riesgos. Como es evidente, la satisfacción de estas exigencias demanda que la radicación de los expedientes en la Procuraduría General de la República sea precedida de medidas que deben ser diseñadas y adoptadas en diálogo con ambas mujeres y sus representantes.
Finalmente, respetuosamente le solicito que la confirmación relativa a la recepción del presente oficio nos sea enviada de manera formal por correo electrónico y por escrito, junto con la propuesta de fecha y hora para la realización de la mencionada mesa, bajo el entendido de que estarán presentes las autoridades involucradas con el cumplimiento de este resolutivo, en los términos acordados con antelación. Ello implica que en dicha reunión participen solamente autoridades civiles del ámbito Federal y que, en lo concerniente a la PGR, acuda la representación de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo y que en dicha reunión se haga entrega de copia de todo lo actuado en los expedientes.
Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo,
A t e n t a m e n t e,
Antropólogo Abel Barrera Hernández Director Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan
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Página Web: www.tlachinollan.org – Correo electrónico: tlachi.
Tlapa de Comonfort, Guerrero, a 17 de agosto de 2011
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
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