sábado, 2 de febrero de 2013

Reunión Ordinaria de la Comisión Nacional del Congreso Social


Camaradas Todos:


En cumplimiento a los acuerdos emanados en la pasada Reunión Ordinaria de la Comisión Nacional del Congreso Social, del día miércoles 3 de Octubre; hacemos llegar, la Ruta al VII Encuentro Nacional del Congreso Social, a celebrarse los días 2 y 3 de Febrero del 2013, y dentro de esa Ruta la Convocatoria a la Asamblea Nacional del Congreso Social a celebrarse los días 24 y 25 de Noviembre del 2012 en la Sede del Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana en el D.F.; para ello específicamente merece hacer algunas precisiones, a saber:

1.- Es urgente que los Estados de la República que han sido Sede de Encuentros Nacionales como Querétaro, Distrito Federal, Estado de Morelos, Oaxaca, Estado de México y San Luis Potosí; nos hagan llegar sus propuestas de conformidad a la convocatoria, así como el número de Delegados asistentes a la Asamblea Nacional de Noviembre.
2.- El Estado Sede del próximo Encuentro CHIAPAS, de igual forma conocer los avances, limitaciones o problemáticas que se presenten, número de Delegados, y aportaciones a la misma:
3.- En cuanto a los Demás Estados que han tenido participación: como Baja California, Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Jalisco, Michoacán, Guerrero, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Guanajuato y Quintana Roo; en el mismo sentido informar el número de Delegados Asistentes, presentar sus propuestas a la convocatoria e ir evaluando la propuesta de Sede para estos Estados en el marco del VII Encuentro Nacional del Congreso Social.
4.- Se destaca la importancia del número de Delegados ya que los costos de alimentación y pernoctancia serán de manera solidaria. 

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Fraternalmente :
Comisión Nacional del Congreso Social Hacia un Nuevo Constituyente
Comisión Tecnica, Prensa, Difusión y Propaganda.
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público
dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable
derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
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